ahorro en vivienda

Ayudas a la rehabilitación. PLAN DE VIVIENDA 2018-2021 (Parte 2)

En el artículo anterior de esta serie sobre las Ayudas a la Rehabilitación hemos hablado sobre las ayudas relativas al fomento de la Mejora de la Eficiencia Energética y la sostenibilidad en viviendas”, que el Plan de Vivienda 2018-2021 recoge en su “Programa 7”.

Dentro de los objetivos del Plan también está el fomento de la rehabilitación de viviendas para promover su conservación y a la mejora de su accesibilidad. Están dirigidas a edificios de viviendas y viviendas unifamiliares como el “Programa 7”, pero a diferencia de aquel, también pueden acogerse a estas ayudas los pisos particulares, independientemente de los del resto de su edificio.

Al respecto de la conservación, es generalizado que no hay una cultura del mantenimiento de los edificios, a diferencia de lo que ocurre por ejemplo con el coche, con el que procuramos llevar al día las revisiones, el cambio de aceite o las ruedas. Nosotros mismos procuramos cuidarnos, sabemos que la mala alimentación o la falta de ejercicio, repercuten a largo plazo en una peor calidad de vida y, en algunos casos, en acortarla.

Es llamativo, sin embargo, que no se aprecie el valor de un mantenimiento adecuado de los edificios, cuando puede evitar “averías” que comporten obras de un coste muy elevado. La limpieza y la revisión de los elementos de cubierta y fachada, la detección precoz de patologías, humedades y otros daños, mejoran de forma importante el tiempo de respuesta a esos problemas, y así reducen su coste para toda la Comunidad de Propietarios.sumo de energía y las emisiones de CO2.

Las ayudas relativas a conservación de edificios.

Mediante las ayudas de conservación, en bloques de viviendas y en viviendas unifamiliares son subvencionables las obras relativas al estado de conservación de la cimentación, la estructura, instalaciones, azoteas, fachadas, medianerías y cubiertas siempre que se reduzca la demanda energética de calefacción y refrigeración en, al menos, un 8%.

Además, tanto viviendas unifamiliares como los pisos pueden acceder a estas ayudas para realizar obras en el interior de la vivienda, para su adecuación a las condiciones mínimas de habitabilidad, funcionalidad, seguridad e higiene legalmente exigidas, incluido el cambio de todas las ventanas de la vivienda.

Las ayudas relativas a la mejora de la accesibilidad de los edificios.

Las ayudas de accesibilidad tienen por objetivo contribuir a la eliminación de barreras arquitectónicas y garantizar una mejora de la accesibilidad universal en los edificios de viviendas.

Según un estudio de la Fundación Mutua de Propietarios en colaboración con la Cátedra UNESCO del Derecho a la Vivienda de la Universidad Rovira i Virgili, realizado en 2018, solo un 0,6%de los edificios de viviendas en España son universalmente accesibles lo que supone que un 22% de las personas con movilidad reducida hayan tenido que cambiar de vivienda.

Además, según indica el estudio, antes del inicio de la pandemia 1,8 millones de personas precisaban de la ayuda de terceros para salir de sus casas, y 100.000 personas no salían nunca de sus viviendas debido a la falta de accesibilidad de sus edificios.

También asevera que un 63% de los edificios de viviendas de España no son accesibles de la calle al portal, que un 22% carece de ascensor o que en un 64% de los casos no puede accederse a los buzones en silla de ruedas. Por Comunidades Autónomas, en Cantabria los datos indican que el 60% de los edificios no son accesibles de la calle al portal, y que un 35% carece de ascensor.

En este contexto y destinadas a contribuir en la reducción de estos porcentajes, mediante las ayudas para la Mejora de la Seguridad de Utilización y de Accesibilidad, son subvencionables las obras para la instalación de ascensores, rampas, salva escaleras, elementos de seguridad o aviso e información, como señales luminosas o sonoras, o dispositivos electrónicos de comunicación entre la vivienda y el exterior, tales como video-porteros, etc.

¿De cuánto son las ayudas?

  • Cuando se trata de obras sólo de conservación, las ayudas son del 40% del presupuesto de las obras, con un máximo de 3.000€ cuando se trata de viviendas unifamiliares o pisos, y en el caso de edificios de viviendas, con un máximo de 3.000€ por vivienda, y de 30€ por metro cuadrado de los locales, si éstos participan en las obras.
  • Cuando se trata de obras de mejora de la accesibilidad, o bien obras conjuntas de conservación y accesibilidad, las ayudas son también del 40% del presupuesto de las obras, pero con un máximo de 8.000€ cuando se trata de viviendas unifamiliares o pisos, y en el caso de edificios de viviendas, un máximo de 8.000€ por vivienda, y de 80€ por metro cuadrado de los locales, si éstos participan en las obras.
  • En determinadas condiciones, relativas a los ingresos o si residen personas con algún tipo de discapacidad, el porcentaje y las cuantías pueden ser mayores.

¿Cuáles son los requisitos?

  • El año de construcción debe ser anterior a 1996 en todos los casos, con alguna excepción en el caso de edificios de viviendas.
  • El coste de las obras debe superar los 3.000€, sin contar el IVA.
  • Hay que tener solicitada la Licencia Municipal de Obras para solicitar las ayudas, pero no haber comenzado las obras con anterioridad a la solicitud.
  • En el caso de viviendas unifamiliares, debe disponerse de un Informe Técnico y descripción del grado de adecuación de la vivienda al Código Técnico de la Edificación y demás normativa de aplicación.
  • En el caso de edificios de viviendas, hay algunas otras condiciones propias de este grupo:
  • Debe disponer del Informe de Evaluación del Edificio (IEE), que si bien no es obligatorio hasta que tenga 50 años de antigüedad, sí lo es para solicitar las ayudas.
  • Debe tratarse de un edificio de uso residencial vivienda, siendo al menos el 50% de ellas la residencia habitual de sus propietarios.
  • Las actuaciones deben contar con un acuerdo formal de la Comunidad de Propietarios.

¿Cuándo se pueden empezar las obras?

  • Las obras se pueden comenzar al día siguiente de presentar la solicitud.

Finalmente, cuando un edificio precisa realizar obras para su conservación y mantenimiento, es el momento también de estudiar la posibilidad de una rehabilitación energética. Por eso es importante contar con un técnico cualificado de confianza, que elabore el Informe Técnico o de Evaluación, y establezca Plan de Rehabilitación acorde a las necesidades del edificio, y el criterio de los propietarios.

También es importante destacar que, además del ahorro que proporcionan las subvenciones en la inversión de estas actuaciones, con un adecuado estado de conservación y una buena accesibilidad en el edificio, se mejora la calidad de vida de sus residentes y las viviendas adquieren un mayor valor de mercado.

Por último, avanzar que está próximo a aprobarse el Real Decreto que regula los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”. Así que pronto se abrirán nuevas ayudas de las que os iremos informando.

Si tienes cualquier duda, o estás pensando en realizar algún tipo de obra en tu vivienda o edificio, consúltanos aquí. Podemos acompañarte y guiarte en qué actuaciones realizar y encargarnos de gestionar la solicitud de las subvenciones.